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mayo  15, 2024

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Bases para la formulación de una teoría general del derecho procesal Constitucional

Por Omar A. Benabentos


"Enunciar la autonomía y el desprendimiento de una rama de la ciencia jurídica de dos vertientes propias: el derecho procesal y el derecho constitucional, para construir  en este caso la del derecho procesal constitucional, que, precisamente, tomaría distancia del derecho procesal y del derecho constitucional, provoca no pocos remezones en la comunidad científica, en los espacios normativos y axiológicos. Pretender, adicionalmente, la construcción de una teoría general del derecho procesal constitucional requiere un esfuerzo epistémico mayúsculo. La visión del trialismo jurídico, al exhibirnos los tres niveles que desde esta óptica integran el mundo jurídico: las conductas, las normas y los valores, agrega una potencial dificultad adicional. Sin embargo, estamos persuadidos que la teoría general del derecho procesal y la teoría general del derecho procesal constitucional sólo puede edificarse con rigor científico y filosófico desde esta postura. La teoría general del derecho procesal constitucional será sustentable en la medida que señale y motive diferencias y particularidades con las bases de la teoría general del proceso. Creemos haber demostrado la existencia de estas diferencias y que las mismas son de entidad. Ello abona la idea que edificar una teoría general del derecho procesal constitucional no sólo es posible, sino necesaria, para darle un soporte, desde otra óptica a la proclamada independencia y autonomía del Derecho Procesal Constitucional. Debe adicionarse los tramos históricos consumidos por el derecho constitucional y el derecho procesal para obtener de los estados nacionales el reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, entre ellos los derechos fundamentales procesales. La ponencia no pretende más que sentar la factibilidad de las bases para elaborar una teoría general del derecho procesal constitucional, pero no pretende dar una visión excluyente, en todo caso concurrente con los esfuerzos de la doctrina constitucional y la que emerge de los procesalistas constitucionales, de los cuales, en alguna medida ya nos sentimos integrados en sus filas."

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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, procesal, constitucional, teoría, general, autonomía.

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